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Un arma sin municiones – una ley sin reglamento… ¿funcionan?

Hace más de un año salió publicada la Ley No. 31335, ley que podríamos denominar “Ley del nuevo comienzo para las Cooperativas Agrarias”, la misma que se promulgó con mucho optimismo, con cambios y mejoras significativas para las Cooperativas Agrarias.

Esta norma generó un nuevo ambiente y comienzo para las Cooperativas Agrarias a nivel nacional, pues no solo implica que estas efectúen cambios internos, sino que conlleva también que entidades como el Ministerio de Agricultura y Riego (Midagri), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), entre otros involucrados, efectúen diversas adecuaciones para que puedan llevar a cabo una correcta y clara aplicación de la norma.

A la fecha una cantidad significativa de cooperativas vienen organizándose y utilizando sus recursos para inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias (Renaca) y modificar sus estatutos para adecuarse a la Ley o para transformarse y ser una Cooperativa Agraria, con miras a lograr utilizar los beneficios cooperativos y tributarios que trae consigo esta nueva norma.

Sin perjuicio ello, consideramos que es difícil no cuestionarse, si con la vigencia de la Ley, la inscripción en el Renaca y la modificación de estatuto por parte de las Cooperativas Agrarias es suficiente para aplicar la Ley en su integridad.

Lamentablemente la respuesta a esta interrogante es un decepcionante NO. Toda vez que a esta nueva ley le falta lo que podríamos denominar “Municiones” (el Reglamento de la Ley). De nada le sirve al portador de un arma tenerla, si es que este no tiene la munición para poder usarla.

Este reglamento es necesario ya que regularía piezas claves en el funcionamiento de la Ley como, por ejemplo: (i) Las consideraciones que se deberán tener para el impuesto a la renta, (ii) La declaración y pago del Impuesto General a las Ventas, (iii) El procedimiento para la devolución del Impuesto General a las Ventas y (iv) el proceso de transformación de las asociaciones a cooperativas agrarias, entre otros.

El Armero (el Estado peruano) le ha proporcionado un arma magnífica a las Cooperativas Agrarias, esta cuenta con mecanismos nuevos, con un cañón impecable y un armazón de última generación. Sin embargo, cuando les entregó esta herramienta a las Cooperativas Agrarias se comprometió con ellas a que en 60 días calendarios les entregaría las municiones (Reglamento de la Ley) para poder utilizar de forma integral la herramienta otorgada.

Bajo este contexto, debemos indicar que ha pasado un poco más de un año y a la fecha no se cuenta con las municiones necesarias (Reglamento de la Ley) para poder utilizar a plenitud el arma (La Ley). Lo que nos lleva a cuestionarnos… ¿Qué es lo que ha pasado? ¿Por qué la demora en emitir un reglamento cuya Ley ya está vigente? ¿Qué paso con el compromiso de 60 días para emitir el Reglamento? ¿Esto estancará el nuevo comienzo de las Cooperativas Agrarias?

Estas son interrogantes que toda Cooperativa Agraria debe tener y que el Estado peruano debería responder. No obstante, a la fecha solo hay silencio y una norma vigente, pero sin reglamento que facilite su aplicación.

Ahora bien, la explicación a esta situación podría ser representada por una sola palabra “Burocracia”, cuyo significado para el tema que nos aborda es la de: “Administración ineficiente a causa de la rigidez y las formalidades superfluas del propio Estado peruano”.

Es simple, el reglamento no se ha terminado de trabajar y no ha sido publicado, porque a la fecha las entidades del Estado competentes para su emisión no logran encontrar la unanimidad de opinión para contar con una versión final del Reglamento. Adicionalmente a ello, este documento debe pasar por diversas aprobaciones, revisiones, comentarios, correcciones, reformulaciones y firmas que hace una odisea la aprobación del Reglamento.

Bajo nuestra analogía de la armería, nos encontraríamos ante el supuesto que los empleados (entidades del Estado) de nuestro armero (Estado Peruano) no se ponen de acuerdo en el diseño, material, forma y calibre de las municiones que deben entregar a su cliente (Cooperativas Agrarias). Teniendo un retraso de más de un año en su pedido, generando en su cliente (Cooperativas Agrarias) como consecuencia de su retraso, insatisfacción, confusión y desasosiego.

Sin embargo, para nuestro armero (Estado peruano) esta situación no es algo fuera de lo normal, es decir, no es la primera vez ni la última que la pasará este retraso, toda vez que en casi todos sus pedidos (emisión de reglamentos) tiene demoras considerables, porque sabe que sus empleados (entidades del estado) son especiales, tienen demasiados requerimientos y son difíciles de ponerse de acuerdo para sacar los productos rápido y así poder cumplir con sus compromisos.

Por esta razón, y considerando la posible demora en la elaboración de las municiones (Reglamento de la Ley), cuando el armero (Estado Peruano) le entregó el arma (La Ley) a su cliente (Cooperativas Agrarias) le indicó que podría usarla sin necesidad de que tenga que esperar que le entregue las municiones (Reglamento de la Ley).

Este pequeño detalle, les permite a las Cooperativas Agrarias tener hoy en día una Ley vigente, pero de difícil aplicación, lo cual generará dudas y posibles errores en su cumplimiento que luego no deberán reflejarse en sanciones en contra de las cooperativas agrarias.

Entonces… debemos preguntarnos: ¿Funciona un arma sin municiones? La respuesta técnica es NO, es inútil un arma sin las municiones que debe disparar.

¿Funciona una Ley sin su Reglamento? La respuesta es NO. A pesar del intento del Estado peruano de dar vida a la Ley sin el reglamento, es claro que varios de los procesos para tener los beneficios de la norma no están regulados, por lo que se complica su aplicabilidad a favor de las Cooperativas Agrarias.

Esperemos que la publicación del Reglamento no continúe siendo atrasada por las entidades del Estado, especialmente del Ministerio de Economía y Finanzas, de lo contrario habrá que pensar en una Ley complementaria si es que el Poder Ejecutivo no cumple su promesa de apoyar decididamente al modelo cooperativo para potenciar a los micro y pequeños agricultores.

Luis Cerreño Alva, Abogado Asociado y Miembro del área Cooperativa y Asociativa de Torres y Torres Lara Abogados.

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