Lima, lunes 2 de noviembre de 2020
DESCONEXIÓN DIGITAL YA ES UN DERECHO
Empleados podrán prescindir del uso de medios informáticos durante sus descansos a fin de garantizar su salud mental. Las empresas recibirán subsidios de 35% a 55% de los salarios de nuevos trabajadores que ganen menos de S/2.400 al mes.
Con el trabajo remoto que ha sido implementado por una gran cantidad de empresas a raíz del Covid-19, mucho de los trabajadores vieron sus horarios afectados por la presencia de cargo laboral a lo largo de sus días hábiles. Esta situación se ha presentado en diversos países, y para evitar que ello afecte a los trabajadores ya existe el derecho a la desconexión digital, presente en países como España, Chile y Argentina.
Ahora esta facultad ha sido establecida en el Perú a través de una disposición establecida en un decreto de urgencia (DU) publicado ayer, que modifica la normativa actual de trabajo remoto decretada ante la pandemia. Además, el Gobierno prorrogó esta modalidad laboral hasta julio del 2021.
Este derecho implica que los trabajadores puedan desconectarse de medios como la computadora o el celular, o canales de mensajería como Whatsapp y correo electrónico, fuera de su jornada laboral y durante los días de descanso, licencias y períodos de suspensión como las vacaciones.
Al respecto, el ministro de trabajo, Javier Palacios, dijo que se busca “prevenir casos de abusos” y garantizar el descanso laboral de los trabajadores así como la salud mental de los mismos..
Fuente: Diario El Comercio

SUBSIDIO A PLANILLA SE APLICARÁ A TRABAJADORES CONTRATADOS HASTA ABRIL DEL PRÓXIMO AÑO
Ejecutivo aprobó decreto de urgencia que establece un subsidio de 35% a 55% de las remuneraciones de los trabajadores, prioriza la contratación de jóvenes y los contratos con plazo indeterminado.
Casi toda la economía se cerró como medida para frenar los contagios del covid-19, lo que impactó en los empleos: entre abril y junio, 6.7 millones de peruanos perdieron sus puestos de trabajo. Meses después, en línea con la reanudación de actividades -que tomó más tiempo del previsto inicialmente-, el empleo empezó a recuperarse con mayor dinamismo en el lado informal, pero camina a paso lento en el frente formal.
En ese contexto, tal como se anunció la semana pasada (Gestión 19.10.2020), el Ejecutivo finalmente aprobó el decreto de urgencia (N°127-2020) que permitirá el otorgamiento de subsidios en busca de la recuperación del empleo formal en el sector privado.
El DU establece , entre otros, que las empresas que registren entre abril y mayo ingresos netos inferiores en al menos 20% a similar periodo del 2019 podrán acceder a este subsidio. En la propuesta que se conoció inicialmente -en octubre- se había planteado que se consideren negocios con caídas de ventas de 30%.
También se beneficiarán los trabajadores -nuevos o retorno de aquellos que están en suspensión perfecta de labores- cuyas remuneraciones no superen los S/2,400 (si la empresa tiene más de 100 trabajadores, la suma total de remuneraciones de trabajadores que ganan más de S/2,400 no debe ser inferior al 80%).
¿Los plazos? El DU se aplica desde hoy -su vigencia no se sujeta a que se expida las normas reglamentarias- y se extenderá hasta el 31 de diciembre del 2021. Así, los contratos que aplican para este subsidio serán los que tengan lugar entre este mes y abril del próximo año, explicó el Ministerio de Trabajo (MTPE).
Fuente: Diario Gestión
