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¿“El Perú es un mendigo sentado en un banco de oro”?: El probable desincentivo para usar el mecanismo de Obras por Impuestos

¡Contraloría advierte la paralización de 2,369 obras! ¡La falta de recursos económicos y capital humano paralizan 497 obras en la región Cusco! Últimamente estas noticias suelen verse a menudo cada mañana en los medios locales o noticieros nocturnos. Llama la atención que los factores causantes de estas noticias ya los conocemos y en consecuencia muchos de los proyectos de inversión, a nivel nacional, se ven en la necesidad de paralizar su ejecución perjudicando directamente a los vecinos y población en general.

Ante esta necesidad que tiene el Perú de cerrar las brechas de infraestructura existentes y brindar servicios públicos de calidad a la población, es que en el 2008 se implementó un nuevo camino para ejecutar proyectos de inversión pública diferentes a los ya tan conocidos métodos de Contrataciones con el Estado. Hablamos de los proyectos ejecutados bajo el mecanismo de Obras por Impuestos y, ¿en qué consiste? Se trata de una modalidad de inversión basada en que las empresas privadas adelantan el pago de su impuesto a la renta para financiar y ejecutar directamente, de forma rápida y eficiente, proyectos de inversión pública que los gobiernos subnacionales y las entidades del gobierno nacional priorizan. Sin embargo, en su momento surgieron dudas sobre qué tan viable podría ser utilizar este mecanismo y las preguntas que saltaban a la palestra eran las siguientes: ¿se podían ejecutar todo tipo de proyectos?, ¿de dónde provendría este financiamiento público? o ¿qué tan capacitados estaban los funcionarios para asumir este nuevo reto?

Durante los últimos años de uso de este mecanismo, se evidenció una poca cantidad de empresas que participaban en estos procesos, más aún, se observaba que no se registraba una escasez en cuanto a la disponibilidad de proyectos. Claramente, las empresas privadas mantenían cierto temor de participar debido a factores que las desincentivaban a seguir optando por esta modalidad. Entre estos principales problemas encontrábamos a la recurrente demora en las gestiones por parte de las Entidades Públicas en cuanto a tramitación de documentación o emisión de conformidades de culminación del proyecto. Asimismo, existía un gran desconocimiento del mecanismo de Obras por Impuestos en los distintos niveles de gobierno, por lo que constantemente se presentan escenarios en los que se paralizan proyectos porque las autoridades y funcionarios desconocen los procesos y la normativa o cuentan con pocas aptitudes técnicas para la toma de decisiones.

En vista de estos limitantes, en septiembre pasado, el Gobierno promulgó el Decreto Supremo N°210-2022-EF modificando la normativa de Obras por Impuestos con la finalidad de reducir estas brechas de infraestructura. Siendo esto, se tuvo como principales efectos bandera la ampliación de las fuentes de financiamiento para brindar los pagos a las empresas privadas y modificar el alcance del tipo de inversiones que pueden ejecutarse bajo esta modalidad, pero ¿cómo mejora esto en no trabar proyectos de inversión? Se busca volver a captar la confianza de las empresas en el mercado a fin de que no solamente tengan el alcance de ejecución de proyectos de ejecución de carreteras, obras de saneamiento o trabajos de construcción vial sino también ampliar esta cartera hacia los servicios de mantenimiento y operación; es decir, las empresas, mediante la contratación de ejecutores, tendrán un mayor incentivo de invertir en proyectos de inversión pública en beneficio de las personas.

Asimismo, si ya tenemos un campo mayor de inversión, deberíamos ver si luego de ejecutados estos proyectos, la Entidad Pública contará con presupuesto. En efecto, muchas veces existía el problema de pronto pago a las empresas y la normativa no sancionaba al funcionario ante esta barrera burocrática, no obstante, en este nuevo cambio se ha visto que el fondo de financiamiento de la Entidad Pública no solamente considerará a los recursos del canon, sobrecanon y regalías, sino que amplía esta fuente hacia los recursos provenientes del Fondo de Compensación Regional (Foncor), el Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) y el Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (Focam), así como aquellos provenientes de impuestos y recursos directamente recaudados por los gobiernos regionales y locales, con lo cual las regiones que antes se encontraban limitadas en presupuesto para poder invertir en estos proyectos, tendrán la capacidad de mejorar la calidad en infraestructura de las personas.

Aun con esto, llama mucho nuestra atención que las empresas no se animen a ejecutar proyectos bajo esta modalidad y obtengan el beneficio de reducir la cantidad de impuestos a pagar por año, porque pareciese que estemos frente a una norma “soñada” para ambas partes. No obstante ello, esto no se ve reflejado en las estadísticas; faltan aún temas pendientes por optimizar. No se trata pues de otorgar más dinero a las Entidades Públicas para generar mayores proyectos o emitir los certificados de conformidad, sino que esta política debe apuntar a simplificar procesos y plazos, brindar flexibilidad y lo más importante y que esta última modificatoria no ha resaltado: tener un capital humano más capacitado para dar mayor seguridad y eficiencia a la administración de los proyectos.

Es claro que podríamos indicar que el Perú es un mendigo sentado en una banca de oro porque se ha visto que contamos con una herramienta excepcional como la de contratar bajo la modalidad de Obras por Impuestos; sin embargo, se ha dejado de lado un pilar fundamental para que una norma funcione: EL CAPITAL HUMANO; es decir, la falta de capacitación a los funcionarios se ve reflejado en las miles de trabas administrativas que existen durante la ejecución de un proyecto de inversión y ello conlleva a paralizaciones innecesarias de las que hablábamos al inicio de este artículo. ¡PARA PENSAR!

Ramiro Pérez Huamaní, Abogado Asociado y Miembro del área de Responsabilidad Social – Obras por Impuestos de Torres y Torres Lara Abogados.

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