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Beneficios del tratado de libre comercio (tlc) con la unión europea

Revista Redes Perú
19 de Enero del 2015

Paredes, Mauricio
Aduanero, Comercio exterior, Propiedad Industrial / Marcas

El Perú ha firmado una serie de acuerdos comerciales que le han permitido tener mejores perspectivas a futuro en cuanto a acceso a mercados y a promoción de sus productos. Uno de los acuerdos comerciales recientemente firmado, fue el que se celebró con la Unión Europea, que entró en vigencia el 01 de marzo de 2013.

El mercado representado por la Unión Europea, está integrado por 28 países miembros, siendo uno de los más importantes del mundo; tiene una población de 501´105,661 millones de personas (según datos del año 2011) ocupando el tercer lugar en cuanto a población, asimismo, según datos del FMI del 2011, su PBI (nominal) es de 15,65 billones de dólares. Y si bien, la economía europea se encuentra atravesando por una crisis económica, ha optado por la expansión del comercio como parte de su estrategia para superar la crisis por la que atraviesa.

La relación comercial del Perú con el mercado de la Unión Europea es la ideal para propiciar una política comercial común, pues el mercado europeo sigue siendo uno de los principales destinos de diversos productos de origen nacional. Entre los principales lineamientos de política comercial establecidos con la suscripción de del Tratado con la Unión Europea encontramos los siguientes:

LINEAMIENTOS ADUANEROS Y DE COMERCIO EXTERIOR:

Eliminación gradual de aranceles, que permite reducir barreras que mejoraran el acceso a mercados, esto permitirá en gran medida favorecer el comercio y la inversión. (Liberación arancelaria de productos industriales, pesca y productos agrícolas).

Se establecen criterios de definición para la determinación de productos originarios. Se creará un comité de aduanas especializado en reglas de origen (unidad de calificación), el que emitirá los certificados correspondientes. Esto permitirá determinar si el producto importado se puede beneficiar de preferencias arancelarias.

Se propiciará la eliminación de barreras técnicas u obstáculos al comercio, a través de normas, reglamentos de carácter técnico y mejora de procedimientos en observancia del Acuerdo celebrado con la OMC.

Teniendo como referencia el Acuerdo de la OMC relacionados al tema, se dictarán medidas sanitarias fitosanitarias, las que deben ser establecidas sin que impliquen obstáculos al comercio.

Se facilitará progresivamente el acceso a mercados de servicios, con las debidas garantías de seguridad jurídica para los inversionistas. Se establece además como regla general el trato nacional de los agentes económicos y a su vez se facilitará su estancia temporal para cuestiones de negocios.

LINEAMIENTOS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL:

En la relación a la protección de la propiedad intelectual, el Perú y la Unión Europea se adscriben a lo establecido en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC (ADPIC), y los criterios administrativos establecidos bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Las disposiciones establecidas en el Tratado tienen la finalidad de «promover la innovación y la creatividad y facilitar la producción y comercialización de productos innovadores y creativos entre los países firmantes del tratado» (Art. 195 del Título VII sobre Propiedad Intelectual). Estos se establecen en beneficio de los partes firmantes del tratado, que podrán contar con reglas en común que asegurarán la protección de los derechos de propiedad intelectual en el comercio internacional.

En lo concerniente al aspecto marcario, se establece la exigencia que el Perú se adhiera al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional demarcas, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989 (Protocolo de Madrid), el cual deberá ser de obligatoria observancia dentro de los 10 años precedentes de firmado el Tratado.

LINEAMIENTOS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL:

En la relación a la protección de la propiedad intelectual, el Perú y la Unión Europea se adscriben a lo establecido en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC (ADPIC), y los criterios administrativos establecidos bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Las disposiciones establecidas en el Tratado tienen la finalidad de “promover la innovación y la creatividad y facilitar la producción y comercialización de productos innovadores y creativos entre los países firmantes del tratado” (Art. 195 del Título VII sobre Propiedad Intelectual). Estos se establecen en beneficio de los partes firmantes del tratado, que podrán contar con reglas en común que asegurarán la protección de los derechos de propiedad intelectual en el comercio internacional.

En lo concerniente al aspecto marcario, se establece la exigencia que el Perú se adhiera al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional demarcas, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989 (Protocolo de Madrid), el cual deberá ser de obligatoria observancia dentro de los10 años precedentes de firmado el Tratado.

COMPROMISO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y COOPERACIÓN TÉCNICA:

En el tratado suscrito se establece el compromiso de las partes de respetar la legislación laboral y ambiental de cada país, y así mismo los compromisos y principios establecidos sobre estos aspectos por la OIT (Organización Internacional del Trabajo), en cuestión laboral, y acuerdos multilaterales de protección del medio ambiente, respectivamente. Asimismo las partes se beneficiarán de la cooperación mutua en cuanto a asistencia técnica para la mejora de capacidades comerciales.

Podemos concluir que el Tratado de Libre Comercio suscrito con la Unión Europea, ha permitido que más productos peruanos especialmente perecibles puedan ingresar con arancel 0 a países que conforman la Unión Europea, pudiendo de esta manera ser más competitivos.

De igual forma productos industriales, como maquinas, maquinaria industrial, pueden ingresar al mercado peruano sin el pago de arancel alguno lo cual genera un impacto positivo en la generación de industria en nuestro país. Asimismo, el tratado establecer reglas claras sobre el origen de los productos, cumplimiento de normas laborales acorde con los lineamientos de la OIT, así como el cumplimiento de normas sobre propiedad intelectual.

Es así, que el Tratado con la Unión Europea no solo busca beneficiar el comercio de ambos mercados sino marca una pauta para que el Perú se vuelva más competitivo a nivel internacional.

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