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Atención, ¡nos vamos de viaje! Se aprueba Ley para que los pasaportes tengan vigencia de 10 años

El 1 de febrero de 2023, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley Nº 31678, la cual modifica el Decreto Legislativo N°1350 (Decreto Legislativo de Migraciones) a fin de establecer la vigencia del pasaporte electrónico por 10 años. Con anterioridad a la promulgación de esta Ley, el pasaporte convencional tenía una vigencia de 5 años para los peruanos mayores de 18 años.

El uso del pasaporte electrónico tiene ya algunos años en el Perú, pero ¿qué hace que los Estados prefieran esta clase de identificación a nivel internacional moderna? En general los pasaportes electrónicos son documentos seguros debido a que, entre otras características, impiden el fraude de identidad, crean una especie de banco de datos en línea donde se puede verificar la información consignada en los pasaportes (banco donde la policía y los operadores de justicia podrían hacer uso de la información registrada conforme a las leyes de cada país); y, hacen que el control de acceso en los aeropuertos sea automático, por lo tanto, más célere.

Ahora, específicamente en nuestro país, según la web del Ministerio del Interior (), el pasaporte en mención es el documento que nos permite ejercer el derecho al libre tránsito internacional, ello de acuerdo con los convenios internacionales suscritos por el Perú, el mismo que se tramita ante la Superintendencia Nacional de Migraciones. También es válido a nivel internacional, y una de sus características especiales es que contiene un microchip con los datos biométricos (impresiones dactilares e imagen facial) de cada ciudadano peruano que lo solicita.

Ahora, el lector se preguntará, ¿todos los ciudadanos peruanos podemos tramitar pasaporte electrónico? La respuesta es sí, sin embargo, lo que varía es la vigencia según las edades de cada persona; nos explicamos, la norma en análisis establece lo siguiente: (i) una vigencia de 10 años para los pasaportes de peruanos mayores de 18 años; (ii) una vigencia de 5 años para adolescentes peruanos de 12 a 17 años; y, (iii) una vigencia de 3 años para los niños peruanos menores de 12 años.

Esto quiere decir que solo los mayores de edad en el Perú podrán tramitar sus pasaportes electrónicos que contarán con una vigencia de 10 años a partir de su expedición, las reglas de vigencia para los pasaportes a favor de los menores de edad no han variado. Consideramos que esta duración extendida es una gran ventaja para todas aquellas personas mayores de edad que acostumbran viajar recurrentemente a países extranjeros, pues el plazo de 5 años era limitativo por el trámite burocrático que implicaba la renovación.

Recordemos que los peruanos podemos viajar a 74 países del mundo con fines turísticos solo con el pasaporte (entre los principales países se encuentran: México en Norteamérica; Costa Rica, Panamá y República Dominicana en Centro América; Brasil y Paraguay en América del Sur; España, Países Bajos y Suiza en Europa; y Corea del Sur en Asia), siendo el último país que autorizó lo propio, el Reino Unido (a partir del 9 de noviembre de 2022- esto como consecuencia del Brexit); ello implica que los peruanos podemos quedarnos hasta 180 días en Reino Unido como turistas.

Esto evidencia que con el paso de los años se van fortaleciendo las relaciones internacionales de nuestro país en beneficio de los peruanos, pues con cada tratado firmado se nos permite transitar libremente sin el dolor de cabeza -y sobre todo tiempo muerto- que implica tramitar visas. Claro está que distintos son los casos cuando salimos del país en busca de otros fines tales como realizar estudios o pasantías de trabajo pues esos supuestos cuentan con sus propias legislaciones donde las formalidades para viajar varían según cada circunstancia y país de destino.

Volviendo a los viajes a razón de turismo, también es bueno recordar que los menores de edad que requieran de realizar viajes al extranjero con uno solo de sus padres o terceras personas, deben contar con la autorización notarial establecida en el artículo 111 del Código de Protección de los Niños y Adolescentes. Dicha autorización tiene sus excepciones, bastará la autorización de uno solo de los padres si es que uno de ellos hubiera fallecido o si el menor hubiera sido reconocido por uno solo de los padres.

Tras estas breves consideraciones, se ha pretendido informar al lector de las condiciones mínimas que se debe tomar en cuenta al momento de salir del país en relación al pasaporte (que es prácticamente el documento mínimo indispensable), decimos esto pues existen países de otras latitudes del mundo que exigen ciertos esquemas de vacunación (distintos al proporcionado para la covid), seguros de viajes ante diversas contingencias o tienen prohibido el ingreso de ciertos productos alimenticios o que contengan determinados químicos.

Con la información referida, preguntamos al lector, ¿se animan a tramitar su pasaporte electrónico? La actual legislación nos permite contar con 10 años para visitar los distintos países que les abren sus puertas a los turistas peruanos, siempre que se tomen en cuenta las consideraciones adicionales referidas en el presente artículo. Finalmente debo agregar que aquellas personas que tienen el pasaporte electrónico con una vigencia de 5 años no necesitan cambiarlo, simplemente gozarán de este nuevo beneficio cuando lo vuelvan a tramitar.

Lucía Vargas Fernández, Abogada Asociada Senior del área de Consumidor y Competencia de Torres y Torres Lara Abogados.

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