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La pequeña empresa como socia de una cooperativa

Con motivo de la nueva regulación y supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a operar con terceros (COOPAC), a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), se ha puesto en discusión el criterio que adoptará la SBS sobre los socios de las pequeñas empresas que pueden ser admitidos en una COOPAC. Ello, con motivo de que el artículo 17 de la Ley General de Cooperativas (LGC), vigente desde 1981, establece los parámetros que debe cumplir una persona jurídica para ser considerada pequeña empresa, parámetros que no se ajustan a la realidad económica actual.

Es pertinente resaltar que en la fecha en que entró en vigencia la LGC no existía un concepto de Pequeña Empresa, por lo que el legislador se vio obligado a prescribir ciertas características que la definan.

Estas características fueron: (i) que no tenga más de 10 trabajadores y (ii) que el valor contable de sus activos fijos no supere el equivalente a 10 remuneraciones mínimas vitales anuales de Lima (RMV-Lima) por cada uno de dichos trabajadores.

No obstante, con el transcurso de los años, la concepción de Pequeña Empresa fue evolucionando hasta alcanzar su fisonomía actual, definida únicamente por su volumen de ventas anuales: más de 150 UIT y máximo 1,700 UIT, es decir entre US$188,622.75 y US$2’137,724.55, aproximadamente (TUO D.S. No.013-2013-PRODUCE).

Por lo tanto, la definición de la LGC ha quedado obsoleta e imposible de aplicar, toda vez que: (i) el concepto de RMV-Lima ya no está vigente, (ii) una Pequeña Empresa ya no se define por la cantidad de trabajadores y (iii) el vacío legal de un inicio ya no existe. Además, la FENACREP, durante toda su supervisión, nunca exigió la aplicación literal del artículo 17 de la LGC, sino que aplicó los criterios de la ley de Pequeña Empresa vigente.

En ese sentido, si la SBS quisiera cambiar la forma en la que la FENACREP entendió este tema por más de 20 años, resultaría contraproducente para la inclusión financiera que la SBS quiere lograr, pues el reto está en que los trabajadores, consumidores y las Pequeñas Empresas logren acceder a servicios financieros formales y eficientes. Aplicar la LGC sería olvidar una interpretación sistemática e histórica, y simplemente se pondría de espaldas a la historia, a la realidad y al futuro.

Fuente: Diario Expreso

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